La Paeria asume competencias en vivienda para movilizar y disponer de pisos vacíos

Publicado el Publicado en Ciudad para vivir, Paeria y etiquetado , , .

El alcalde accidental, Sergi Talamonte, se ha dirigido al consejero de Territorio y Sostenibilidad para manifestar la voluntad del Ayuntamiento de ejercer competencias en esta materia y poder desplegar políticas de vivienda que den respuesta a las necesidades residenciales en la ciudad

El Ayuntamiento de Lleida ha manifestado el Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat su voluntad de ejercer competencias en materia de vivienda para poder movilizar pisos vacíos. Talamonte, ha dirigido la comunicación al consejero Damià Calvet en que expresa, de acuerdo a la actual legislación, esta voluntad de asumir las competencias que determina el artículo 41.3 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, de Derecho la Vivienda (LDH). Talamonte señaló que la adquisición de estos derechos para decidir en materia de vivienda es «una piedra angular para que el ayuntamiento pueda desplegar políticas residenciales que den respuesta a las necesidades que hay en la ciudad».

De esta manera, se podrá hacer la declaración de viviendas vacías y en situación anómala, se podrá aplicar un recargo del 50% del IBI (impuesto de bienes inmuebles) a los que estén vacíos y hacer un requerimiento de función social a los propietarios y grandes tenedores. La Paeria también podrá abrir expedientes de expropiación temporal forzosa o sancionar con multas por la no utilización de las viviendas en su función social. El alcalde accidental ha remarcado que uno de los ejes principales que trabaja la Concejalía de Vivienda y Transición Ecológica es la ampliación y mejora del parque público para atender la emergencia residencial en la ciudad. Con estas competencias «tendremos más capacidad para mover pisos vacíos y destinarlos a colectivos con vulnerabilidad y alquiler social, entre otros».

«Tenemos que convertir en activos las casas vacías de propietarios o grandes tenedores para ofrecerlas a las familias que tienen dificultades para acceder a un lugar donde vivir», dijo. Según Talamonte, la crisis sanitaria a raíz de la Covid-19 ha agravado la situación de muchas familias que cada vez cuentan con menos recursos para hacer frente a los gastos de alimentación, de suministros básicos o residenciales. Por ello, ha añadido que «hay que determinar una serie de acciones y de protocolos que nos permitan avanzar en esta dirección y disminuir la problemática en materia de vivienda».

Art. 41.3 de la LDH

El artículo 41 de la LDH regula la detección de utilizaciones y situaciones anómalas de las viviendas y en el punto 3 define las competencias en materia de vivienda de la Generalitat y los municipios. Entre éstas, figura instruir los procedimientos para comprobar si una vivienda o un edificio de viviendas se utilizan de una manera anómala o están en una situación anómala; ordenar la ejecución forzosa de las medidas necesarias para corregir la utilización o situación y determinar el medio de ejecución, y sancionar la persona responsable cuando la utilización o la situación anómalas sean constitutivas de una infracción en materia de vivienda de acuerdo con esta ley. Ambas partes, municipios y Generalitat se coordinan y conciertan las competencias, salvo que un municipio manifieste su voluntad de ejercerlas, situación que ha expuesto la Paeria.

Ajuda'ns a difondre
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter
Pin on Pinterest
Pinterest